La paz puede ser un argumento para reclamar reconocimiento internacional, pero también una exigencia que obliga a responder por las propias decisiones. Donald Trump ha insistido en que merece el Premio Nobel de la Paz por sus iniciativas diplomáticas y su afirmación de haber contribuido a terminar diversas guerras. Sin embargo, su Administración acaba de intensificar la confrontación con la Corte Penal Internacional (CPI), una institución creada para investigar y juzgar algunos de los crímenes más graves que puede cometer una persona.
El 9 de octubre, Estados Unidos anunció nuevas sanciones contra el tribunal con sede en La Haya, apenas unas horas después de que se diera a conocer la concesión del Nobel de la Paz a la jurista sudafricana Navi Pillay, quien formó parte de la CPI entre 2003 y 2008. La coincidencia temporal llamó la atención de la propia galardonada, quien consideró que la decisión de Washington no podía desvincularse del premio. «Recurra a sus asesores legales para que le expliquen qué es el derecho internacional (…) y por qué es ilegal interferir en los asuntos de un tribunal internacional independiente», declaró Pillay en una entrevista con la agencia AFP, al dirigirse al mandatario estadounidense.
La jurista, de 85 años, interpretó el anuncio de las sanciones como una reacción a que Trump no hubiera recibido el galardón. El episodio coloca en primer plano una contradicción política pues mientras el presidente reivindica su papel como promotor de la paz, su Gobierno utiliza instrumentos económicos para presionar a un organismo internacional que investiga presuntos crímenes de guerra y de lesa humanidad.
La disputa tampoco comenzó con el Nobel. Las sanciones forman parte de una ofensiva que la Administración Trump emprendió contra la CPI desde febrero de 2025, cuando el presidente firmó una orden ejecutiva para castigar a funcionarios vinculados con investigaciones que Washington considera contrarias a sus intereses. La decisión más reciente amplía la presión al propio tribunal y amenaza con dificultar su acceso a servicios financieros y tecnológicos esenciales para mantener sus operaciones.
Una corte bajo presión
Fundada en 2002 mediante el Estatuto de Roma, la CPI tiene competencia para investigar y juzgar a personas acusadas de genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y agresión, bajo las condiciones previstas en su tratado constitutivo. No juzga países ni sustituye de manera general a los tribunales nacionales. Actúa cuando se cumplen los requisitos de competencia y complementariedad establecidos en el Estatuto.
Estados Unidos no es Estado parte de ese tratado y sostiene que el tribunal carece de autoridad para investigar o juzgar a sus ciudadanos sin su consentimiento. Washington también rechaza las actuaciones contra dirigentes de países aliados, especialmente Israel. La tensión aumentó después de que la CPI emitiera, en noviembre de 2024, órdenes de detención contra el primer ministro israelí, Benjamin Netanyahu, y el entonces ministro de Defensa, Yoav Gallant, por presuntos crímenes de guerra y de lesa humanidad relacionados con la ofensiva en Gaza. Las órdenes no equivalen a condenas, pero establecen que existen fundamentos jurídicos para solicitar la detención de los acusados y que comparezcan ante la justicia.
El Gobierno estadounidense considera ilegítima la actuación del tribunal en asuntos que involucran a sus ciudadanos y aliados. En su anuncio del 9 de octubre, el Departamento de Estado justificó las nuevas medidas como una forma de defender la soberanía estadounidense y neutralizar lo que calificó como una amenaza de la CPI. «Estados Unidos nunca se unió a la Corte. No la necesitamos. Y no la queremos», afirmó el secretario de Estado, Marco Rubio.
La postura de Washington se enfrenta, sin embargo, a un principio fundamental del derecho internacional: la existencia de un tribunal no depende de que todas las potencias acepten su jurisdicción. La CPI fue creada mediante un tratado al que se han adherido numerosos Estados y cuyas disposiciones regulan sus competencias, sus procedimientos y las condiciones en que puede actuar. La falta de adhesión estadounidense no significa que la Corte pueda ejercer jurisdicción ilimitada sobre cualquier ciudadano de ese país. Su competencia depende de factores jurídicos concretos, como el territorio donde se cometieron los presuntos crímenes, la nacionalidad de los implicados en determinadas circunstancias o una remisión del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. Pero tampoco implica que Washington pueda determinar unilateralmente el alcance de las facultades de una institución independiente.
La confrontación ha alcanzado incluso a los jueces y fiscales del tribunal. Antes de las nuevas medidas contra la institución, Estados Unidos ya había sancionado a funcionarios de la CPI, una decisión que restringe sus posibilidades de realizar operaciones económicas y utilizar servicios sujetos a la jurisdicción estadounidense.
El 9 de octubre, el tribunal respondió a la ampliación de las sanciones con una declaración en la que advirtió que la medida amenaza su independencia y su capacidad para cumplir el mandato que le encomendaron los Estados que lo crearon. «Se trata de un intento de obstruir el curso de la justicia e impedir que la Corte cumpla la función para la que fue creada», señaló la institución.
La declaración también advirtió que la ofensiva representa un ataque al Estado de derecho y a los fundamentos del orden jurídico internacional, en particular al principio de que nadie debe estar por encima de la ley. La CPI afirmó que las sanciones no impedirán que continúe con su labor. Sin embargo, la posibilidad de mantener sus investigaciones y procedimientos no elimina las dificultades que puede ocasionar la restricción de servicios bancarios, tecnológicos y comerciales.
Las medidas estadounidenses contemplan la exclusión del tribunal del sistema financiero de ese país y limitaciones para quienes mantengan determinadas relaciones comerciales con él. El alcance de estas disposiciones puede afectar a bancos, proveedores de tecnología, empresas y particulares que necesiten operar con la institución.
Aunque algunas autorizaciones temporales permiten determinadas transacciones, la amenaza de sanciones puede generar cautela entre los proveedores y las entidades financieras, incluso cuando existen actividades autorizadas. En la práctica, una organización internacional puede encontrar obstáculos para contratar servicios, pagar gastos o mantener infraestructuras esenciales si las empresas con las que trabaja temen quedar expuestas a penalizaciones estadounidenses.
La preocupación no se limita al funcionamiento administrativo de la Corte. El Fondo Fiduciario en Beneficio de las Víctimas, vinculado a la CPI, advirtió que las sanciones pueden interrumpir los canales financieros, los servicios y las alianzas necesarios para desarrollar sus programas de reparación y asistencia. El organismo señaló que esos programas incluyen rehabilitación física y psicosocial, apoyo socioeconómico, educación y otras medidas dirigidas a personas que han sufrido secuestros, violencia sexual, asesinatos, torturas y persecución.
Doble rasero
Navi Pillay considera que la política estadounidense hacia la CPI evidencia una aplicación selectiva de los principios de justicia internacional. La jurista recordó que anteriores administraciones de Estados Unidos respaldaron actuaciones de la Corte contra dirigentes considerados adversarios de Washington, como el presidente ruso, Vladímir Putin, mientras que el Gobierno de Trump rechaza las medidas judiciales contra dirigentes israelíes. «Esto es selectividad, es aplicar un doble rasero, y es inaceptable», afirmó Pillay.
El momento en que se anunciaron las sanciones añadió una dimensión política al conflicto. Pillay sostuvo que el calendario difícilmente podía considerarse casual, pues el anuncio llegó pocas horas después de que se conociera que recibiría el Nobel de la Paz. En declaraciones a Reuters, la jurista pidió a Estados Unidos recuperar su papel histórico en la defensa de los derechos humanos. «Tienen que volver a desempeñar su papel serio como líderes, asumiendo una función liberadora para el resto del mundo», expresó.
La concesión del premio a Pillay reconoció su trayectoria en la promoción de la paz y el derecho internacional. La sudafricana ha ocupado cargos en distintas instituciones judiciales internacionales y fue alta comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos. También presidió una comisión de investigación de la ONU que concluyó que Israel había cometido genocidio en Gaza, un dictamen que Israel rechazó.
Mexicana en medio
Las consecuencias de las sanciones también alcanzan el ámbito profesional de Socorro Flores Liera, jueza mexicana de la CPI desde 2021 y primera ciudadana de México en ocupar ese cargo. La magistrada cuenta con una trayectoria en derecho internacional y derechos humanos, además de su experiencia en el Servicio Exterior Mexicano, donde alcanzó el rango de embajadora.
Actualmente, forma parte de una institución cuyos integrantes deben resolver asuntos de enorme complejidad jurídica, relacionados con acusaciones de crímenes internacionales y con la responsabilidad penal individual. Su trabajo requiere independencia judicial, acceso a información, cooperación entre Estados y una estructura administrativa capaz de sostener las investigaciones y los procedimientos.
En febrero de 2026, Flores Liera ya había advertido sobre el entorno de presión política que enfrenta la CPI. Durante una conferencia en la Universidad Iberoamericana, señaló que las sanciones contra funcionarios judiciales eran inaceptables. «Lo único que hacen con estos ataques es fortalecer la convicción de todos los miembros de la Corte.
Este tipo de sanciones no pueden afectar el objetivo y el trabajo que todos los miembros de la Corte hacen, muy comprometidos con este mandato de erradicación de la impunidad», afirmó.
El caso mexicano permite dimensionar el alcance internacional de una decisión adoptada en Washington. Aunque México forma parte del Estatuto de Roma y Estados Unidos no, la actividad de la jueza mexicana deberá desarrollarse dentro de una institución expuesta a medidas económicas de una potencia que cuestiona su autoridad. E4
Publicado en la edición impresa 808 de Espacio 4 (27 de octubre al 9 de noviembre de 2026), página 8. Lee la edición completa en PDF.



